[lac-discuss-es] URGENTE - Carta al Congreso de Colombia
presidencia Internauta Argentina
presidencia en internauta.org.ar
Mie Abr 11 12:48:50 UTC 2012
Desde la Asociacion Argentina de usuarios de Internet acompañamos con
nuestra firma la Carta al Congreso de Colombia contra el TLC, coherentes
con nuestra lucha desde**la cumbre de los pueblos en el año 2005 contra
estos tratados en toda América.
Saludos cordiales
*
Sergio Salinas Porto Presidente Internauta Argentina Asociación
Argentina de Usuarios de Internet <http://www.internauta.org.ar>FLUI-
Federación Latinoamericana de Usuarios de Internet
<http://www.fuilain.org>ICANN/LACRALO - ALAC Member
facebook:salinasporto twitter:sergiosalinas MSN/MSN YAHOO/Talk:
salinasporto... Skype:internautaargentina Mobi:+54 9 223 5 215819
*
*
"Ojalá podamos ser desobedientes, cada vez que recibimos órdenes que
humillan nuestra conciencia o violan nuestro sentido común" -Eduardo
Galeano-
*
El 11/04/2012 02:52 a.m., Ageia Densi Colombia escribió:
> Estimados,
> Envìo la siguiente carta que hemos escrito para sentar nuestra voz de
> protesta por la aprobación de la Ley 201 de 2012. La Ley acaba de ser
> aprobada por votación en el Congreso, los detalles los encuentran en la
> carta. Espero que ustedes la lean y si estàn de acuerdo sugiero que
> coloquen el nombre de su ALS al final para ser enviada al Congreso de
> colombia y difundida por medios de comunicación a nombre no solo de los
> usuarios de Colombia, que no fueron escuchados sino de toda la regiòn.
>
> Si alguno quiere ademàs leer el texto de la Ley, lo encuentra aquí:
> http://dl.dropbox.com/u/629628/LeyTLC/gaceta103InformeDebate.pdf
>
> Quedo en espera de sus firmas o apoyo a la misma, lo más pronto posible.
>
>
> Honorables Presidentes del Senado y la Cámara de Representantes de Colombia:
>
> Escribimos en nombre de los usuarios de Internet de la regiòn de
> Latinoamerica y el Caribe que tienen voz en la Corporaciòn de Internet para
> la Asignaciòn de Nombres y Números - ICANN en vista de que existiò un apuro
> inmenso con el fin de implementar las obligaciones del TLC. El proceso
> total no tardò màs de 20 dìas en su aprobación final desde la presentaciòn
> por parte del Presidente, todo con el fin de tener resultados què mostrar
> durante la Cumbre de las Amèricas que se desarrolla conjuntamente en
> Cartagena desde el pasado 10 de abril y donde està centrada toda la
> atención de los medios de comunicación.
>
> Al escribir estas líneas, el proyecto acaba de terminar su votación y ha
> sido aprobado por lo que espera su sanción presidencial, es decir que es un
> hecho que ya es una Ley. Nos preocupa de sobremanera que todo el proceso
> fue llevado a cabo de la manera más oculta y rápida posible y no tuvieron
> en cuenta a colectivos de la Sociedad Civil en este trámite y sin siquiera
> debatirlo.
>
> Recuerden ustedes que los mismos usuarios colombianos se unieron para
> debatir con ustedes el fondo de dicha Ley en temas tan relevantes como las
> siguientes:
>
> 1. “Al implementar las Medidas Tecnológicas de Protección (MPT) como una
> protección independiente del derecho de autor se puede violar normas
> internas. La implementación debe hacerse de modo que la protección de las
> MPT no sea independiente sino vinculada a la protección del derecho de
> autor que se da en Colombia. El tema se ha discutido en foros como la
> Australia,
> http://www.ivir.nl/publications/guibault/Infosoc_report_2007.pdf y Chile
> https://www.eff.org/files/filenode/FTAA/20040830_uschile_fta.pdf o
> http://ictsd.org/i/publications/120934/. El problema central es que si
> esto no se hace así se puede estar generando responsabilidad civil y penal
> a los usuarios por usos en ejercicio de excepciones y limitaciones que sí
> permite nuestra ley, es decir, que me pueden condenar a la cárcel por
> eludir una MPT para hacer una copia privada a la que tengo derecho.
> 2. También podría violar derechos de usuarios si, como sucede en esta
> versión, no se consagra el procedimiento administrativo que el propio TLC
> contempla para ajustar cada 4 años esas excepciones. En el proyecto no se
> desarrolla el procedimiento sino sólo una facutlad general para el gobierno
> de proponer cambios. Nos preguntamos entonces, para qué el afán? Tampoco se
> están cumpliendo con todas las obligaciones del TLC, falta esta.
> 3. El proyecto define lucro en forma muy amplia para incluir cualquier
> provecho. Hay excepciones y limitaciones como la de copia privada, que
> dependen de esa definición. Sin embargo el propio TLC cuando la usa habla
> de ventaja comercial o ganancia financiera. Esa definación no es obligación
> del TLC ni coincide con su texto y puede vulnerar intereses de los usuarios.
> 4. Si no se redacta correctamente el artículo que prohíbe la
> retransmisión de señal de TV por Internet también puede comprometer los
> intereses de los usuarios, porque como está evita que en forma generalizada
> se apliquen excepciones y limitaciones a la retransmisión de señales de TV
> por Internet. Ese no es el alcance de la obligación del TLC, va en contra
> de nuestras normas nacionales y raya con la censura pues acaso prohibe
> hasta la cita?
> 5. Existe una gran preocupación al delegar funciones judiciales, como lo
> es la entrega de información personal, a una autoridad administrativa. Como
> ya lo dijimos en el debate de la Ley Lleras, en el Estado Social de Derecho
> son los jueces los únicos que tienen potestades de restringir derechos y
> libertades fundamentales y por tanto los únicos que pueden entregar
> información personal” (Extracto tomado de los comentarios jurídicos de
> RedPaTodos)
>
>
> Lastimosamente no fueron los usuarios los únicos no escuchados en este
> no-debate,un grupo de profesores de la American University de Estados
> Unidos también se unieron a la preocupación de la comunidad concluyendo que
> efectivamente va más allá del TLC, que contiene disposiciones más fuertes
> que las de las normas internas americanas y que el resultado puede generar
> desventajas competitivas entre las partes en el acuerdo comercial. Los
> académicos apoyan la petición de la sociedad civil colombiana para debatir
> públicamente el texto de modo que consulte, en lo posible, los diversos
> intereses y se ajuste a las normas internas.
>
> Los profesores se sorprenden de que en los términos de estos artículos se
> penalice a individuos e infracciones aisladas incluso cuando actúen sin
> saberlo, indican que no hay aplicación del principio de proporcionalidad
> que existe en EE.UU de modo que sólo se penalizan actividades con una
> cierta dimensión comercial cuya medida mínima la da la ley (por ejemplo 10
> copias de valor mínimo de US 2500). Además , señalan que e proyecto debería
> incluir como mínimo la evaluación del test de los tres pasos como elemento
> para determinar si una acción es delito o no.
>
> Como si esto fuera poco, la EFF- Electronic Frontier Foundation, también se
> pronunció con un comunicado el pasado 9 de abril que lamó la atención sobre
> la implementación inadecuada que tendrá el TLC en nuestro país, resaltando
> cómo una legislación de derecho de autor balanceada es necesaria para el
> debido equilibrio de derechos fundamentales.
>
> La sociedad civil ha remitido las peticiones y comentarios a los
> congresistas para llamarlos a la reflexión y pedirles que indiquen su
> voluntad de voto, finalmente es una forma de control que tiene el ciudadano
> es la veeduría de los procesos y su capacidad de elegir a sus
> representantes. La estrategia no es nueva, la han usado los movimientos
> civiles a lo largo de los últimos meses incansablemente y parece estar
> dando vida a una forma de participación política directa que a los
> gobiernos les cuesta articular pero que vista como una forma de libertad de
> expresión y de derechos ciudadanos es algo que adquiere un valor
> impresionante para el sistema democrático. La presión ciudadana no se
> detendrá.
>
> Respetuosamente,
>
> ALS deLACRALO en ICANN
>
>
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