[lac-discuss-es] URGENTE - Carta al Congreso de Colombia

Ageia Densi Colombia ageiadensicolombia en gmail.com
Mie Abr 11 05:52:11 UTC 2012


Estimados,
Envìo la siguiente carta que hemos escrito para sentar nuestra voz de
protesta por la aprobación de la Ley 201 de 2012. La Ley acaba de ser
aprobada por votación en el Congreso, los detalles los encuentran en la
carta. Espero que ustedes la lean y si estàn de acuerdo sugiero que
coloquen el nombre de su ALS al final para ser enviada al Congreso de
colombia y difundida por medios de comunicación a nombre no solo de los
usuarios de Colombia, que no fueron escuchados sino de toda la regiòn.

Si alguno quiere ademàs leer el texto de la Ley, lo encuentra aquí:
http://dl.dropbox.com/u/629628/LeyTLC/gaceta103InformeDebate.pdf

Quedo en espera de sus firmas o apoyo a la misma, lo más pronto posible.


Honorables Presidentes del Senado y la Cámara de Representantes de Colombia:

Escribimos en nombre de los usuarios de Internet de la regiòn de
Latinoamerica y el Caribe que tienen voz en la Corporaciòn de Internet para
la Asignaciòn de Nombres y Números - ICANN en vista de que existiò un apuro
inmenso con el fin de implementar las obligaciones del TLC. El proceso
total no tardò màs de 20 dìas en su aprobación final desde la presentaciòn
por parte del Presidente, todo con el fin de tener resultados què mostrar
durante la Cumbre de las Amèricas que se desarrolla conjuntamente en
Cartagena desde el pasado 10 de abril y donde està centrada toda la
atención de los medios de comunicación.

Al escribir estas líneas, el proyecto acaba de terminar su votación y ha
sido aprobado por lo que espera su sanción presidencial, es decir que es un
hecho que ya es una Ley. Nos preocupa de sobremanera que todo el proceso
fue llevado a cabo de la manera más oculta y rápida posible y no tuvieron
en cuenta a colectivos de la  Sociedad Civil en este trámite y sin siquiera
debatirlo.

Recuerden ustedes que los mismos usuarios colombianos se unieron para
debatir con ustedes el fondo de dicha Ley en temas tan relevantes como las
siguientes:

   1. “Al implementar las Medidas Tecnológicas de Protección (MPT) como una
   protección independiente del derecho de autor se puede violar normas
   internas. La implementación debe hacerse de modo que la protección de las
   MPT no sea independiente sino vinculada a la protección del derecho de
   autor que se da en Colombia. El tema se ha discutido en foros como la
   Australia,
   http://www.ivir.nl/publications/guibault/Infosoc_report_2007.pdf y Chile
   https://www.eff.org/files/filenode/FTAA/20040830_uschile_fta.pdf o
   http://ictsd.org/i/publications/120934/. El problema central es que si
   esto no se hace así se puede estar generando responsabilidad civil y penal
   a los usuarios por usos en ejercicio de excepciones y limitaciones que sí
   permite nuestra ley, es decir, que me pueden condenar a la cárcel por
   eludir una MPT para hacer una copia privada a la que tengo derecho.
   2. También podría violar derechos de usuarios si, como sucede en esta
   versión, no se consagra el procedimiento administrativo que el propio TLC
   contempla para ajustar cada 4 años esas excepciones. En el proyecto no se
   desarrolla el procedimiento sino sólo una facutlad general para el gobierno
   de proponer cambios. Nos preguntamos entonces, para qué el afán? Tampoco se
   están cumpliendo con todas las obligaciones del TLC, falta esta.
   3. El proyecto define lucro en forma muy amplia para incluir cualquier
   provecho. Hay excepciones y limitaciones como la de copia privada, que
   dependen de esa definición. Sin embargo el propio TLC cuando la usa habla
   de ventaja comercial o ganancia financiera. Esa definación no es obligación
   del TLC ni coincide con su texto y puede vulnerar intereses de los usuarios.
   4. Si no se redacta correctamente el artículo que prohíbe la
   retransmisión de señal de TV por Internet también puede comprometer los
   intereses de los usuarios, porque como está evita que en forma generalizada
   se apliquen excepciones y limitaciones a la retransmisión de señales de TV
   por Internet. Ese no es el alcance de la obligación del TLC, va en contra
   de nuestras normas nacionales y raya con la censura pues acaso prohibe
   hasta la cita?
   5. Existe una gran preocupación al delegar funciones judiciales, como lo
   es la entrega de información personal, a una autoridad administrativa. Como
   ya lo dijimos en el debate de la Ley Lleras, en el Estado Social de Derecho
   son los jueces los únicos que tienen potestades de restringir derechos y
   libertades fundamentales y por tanto los únicos que pueden entregar
   información personal” (Extracto tomado de los comentarios jurídicos de
   RedPaTodos)


Lastimosamente no fueron los usuarios los únicos no escuchados en este
no-debate,un grupo de profesores de la American University de Estados
Unidos también se unieron a la preocupación de la comunidad concluyendo que
efectivamente va más allá del TLC, que contiene disposiciones más fuertes
que las de las normas internas americanas y que el resultado puede generar
desventajas competitivas entre las partes en el acuerdo comercial. Los
académicos apoyan la petición de la sociedad civil colombiana para debatir
públicamente el texto de modo que consulte, en lo posible, los diversos
intereses y se ajuste a las normas internas.

Los profesores se sorprenden de que en los términos de estos artículos se
penalice a individuos e infracciones aisladas incluso cuando actúen sin
saberlo, indican que no hay aplicación del principio de proporcionalidad
que existe en EE.UU de modo que sólo se penalizan actividades con una
cierta dimensión comercial cuya medida mínima la da la ley (por ejemplo 10
copias de valor mínimo de US 2500). Además , señalan que e proyecto debería
incluir como mínimo la evaluación del test de los tres pasos como elemento
para determinar si una acción es delito o no.

Como si esto fuera poco, la EFF- Electronic Frontier Foundation, también se
pronunció con un comunicado el pasado 9 de abril que lamó la atención sobre
la implementación inadecuada que tendrá el TLC en nuestro país, resaltando
cómo una legislación de derecho de autor balanceada es necesaria para el
debido equilibrio de derechos fundamentales.

La sociedad civil ha remitido las peticiones y comentarios a los
congresistas para llamarlos a la reflexión y pedirles que indiquen su
voluntad de voto, finalmente es una forma de control que tiene el ciudadano
es la veeduría de los procesos y su capacidad de elegir a sus
representantes. La estrategia no es nueva, la han usado los movimientos
civiles a lo largo de los últimos meses incansablemente y parece estar
dando vida a una forma de participación política directa que a los
gobiernos les cuesta articular pero que vista como una forma de libertad de
expresión y de derechos ciudadanos es algo que adquiere un valor
impresionante para el sistema democrático. La presión ciudadana no se
detendrá.

Respetuosamente,

ALS deLACRALO en  ICANN


-- 
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