[lac-discuss-es] Importancia y respeto a los reglamentos de ICANN-LACRALO - Elecciones del chair de LACRALO

Johnny Laureano jlaureano en aui.pe
Mie Mar 25 22:56:09 EDT 2009


Distinguidos miembros de la LACRALO - ICANN,

 Quisiera referirme, con todo respeto, una vez más a la importancia de respetar la legalidad que rige la institucionalidad de la ICANN y la LACRALO y estas no sean debilitadas, en lo que corresponde a sus normas, reglamentos  y procedimientos para sus procesos de elección de sus representantes. He leído con atención las siguientes documentos: 

Reglamento de la Asamblea General de las Naciones Unidas 
A/520/Rev.17.    

Las reglas ordinarias de procedimiento para las reuniones de 
los organismos deliberantes de la 
LACRALO.    

Reglas de procedimiento internas del ALAC

Reglamento Ordinario de World 
Heritage - UNESCO  
En todos ellos, se lee claramente los procedimientos que se deben llevar a cabo en las reuniones, paso a paso, sobre todo para las reuniones que tienen ver con los procesos eleccionarios y por ello quiero destacar su importancia, pues son en su esencia las que sustentan la existencia y coexistencia de todos nosotros en la LACRALO - ICANN.

Luego de seguir los mail sobre este espinoso asunto, he vuelto a leer los reglamentos y me han aparecido las siguientes preguntas, las cuales aspiro sean respondidas por los ilustres abogados que componen esta comunidad, en especial por el señor Carlton Samuels, responsable como ex-oficial presidente de las elecciones para la silla de LACRALO:

1. Si el nombramiento del oficial presidente se realiza en asamblea y su nombramiento fenece al cierre del mismo, tal como dice las  reglas establecidas en todos los documentos que se señalan: ¿ Porque el señor Carlton Samuels aún cree que es oficial presidente y puede nombrar a un nuevo Presidente, luego de más de 20 días de haberse levantado la Asamblea General?

2. Por la situación anterior, puede el señor Carlton Samuels, convocar a elecciones para Secretario de la LACRALO?. Si en ninguno de los reglamentos eleccionarios, se menciona que un ex-oficial puede convocar a elecciones, ¿Quien le ha facultado ese poder para convocar a elecciones a la secretaría?. La Asamblea General del 02 de marzo ( que ha sido claudurada desde hace más de 22 días) en que momento esta Asamblea le ha facultado ha convocar a elecciones posteriores a su levantamiento? 

3. El señor Carlton Samuels, ha sido elegido oficial presidente en Asamblea General del 02 de marzo, el oficial presidente levanta la sesión cerrando la sesión, si su nombramiento fenece con ella y  no ha quedado un punto de agenda. porque convoca a elecciones para secretario?. No he podido leer en ninguno de los reglamentos que se indican, algo al respecto, estaré equivocado?

4. Quien ha declarado la vacancia de secretario de la LACRALO ? Ha renunciado o revocado el señor Andres Plaza ? si es que se mantiene los resultados de la Asamblea del 02 de marzo.

5. Todos los procedimientos y reglamentos en estos documentos mencionan que en Asamblea General,  se busca el consenso en una lista, de no lograrlo se convoca a elecciones, se inscriben a los candidatos, se vota,  proceso los votos, se anuncia al ganador y  en el mismo acto reconoce a su nueva autoridad. Porque algunos miembros de la LACRALO, quieren desconocer este procedimiento? Porque insistir en nombrar a un presidente no electo en asamblea general? porque convocar a nuevas elecciones, quien las convoca? el ex-oficial presidente con que facultades?, con que poder?, quien se la entregó?, una asamblea que jurídicamente ya cerró todos los puntos de su agenda?

6. Un punto importante que señalan las normas es que todos los funcionarios se eligen en Asamblea General, esta ya se cerró hace más de 20 días, ahora si el secretario de la LACRALO es un funcionario?, puede un ex-oficial (pues su nombramiento fenece con el cierre de la Asamblea) convocar a elecciones? 

Quiero expresar mi respeto al Señor Carlton Samuels, a los señores Andrés Plaza y  Sergio Salinas, está claro que tienen un importante rol que cumplir, y una gran responsabilidad que asumir, no debería ninguno pasar por esto si se hubiera seguido las normas, procedimientos y reglamentos, pero quiero darle objetividad a mis apreciaciones, no sé cual será el desenlace de este asunto,  pero estoy muy convencido que respetar los procedimientos y reglamentos que rigen la institucionalidad de ICANN y la LACRALO es la mejor garantía que no estaremos contraviniendo las razones fundamentales de su existencia y nuestra coexistencia.

Quedaré muy agradecido si los señores abogados que conforman esta digna comunidad pueden esclarecer estas preguntas, para que esto pueda dilucidarse a la brevedad posible.

Atentamente,

Ing. Johnny Laureano
     Pdte. AUI PERU

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De: "Johnny Laureano" <jlaureano en aui.pe>
Enviado: domingo, 22 de marzo de 2009 12:55
Para: lac-discuss-es en atlarge-lists.icann.org
Asunto: Posición de la AUI PERU sobre la eleccion del chair de LACRALO 

Distinguidos miembros de la LACRALO, 

 Quiero expresarles mi más cordial saludo y asimismo mostrar nuestra 
preocupación  ante los hechos y declaraciones que se viene suscitando debido a 
la prolongación de un "error personal", según manifestación propia, del 
ex-secretario y ex-presidente del proceso de elecciones, para elegir a nuestras 
autoridades de la LACRALO, llevadas a cabo en magna Asamblea General el 02 de 
marzo pasado en México. Al respecto, la Asociación de Usuarios de Internet del 
Perú (AUI PERU) en su deber como ALS de esta comunidad, expresa su opinión y 
posición  sustentados en los principios, reglamentos, documentos y 
procedimientos que rigen la vida institucional de ICANN y la LACRALO:  

Reglamento de la Asamblea General de las Naciones Unidas 
A/520/Rev.17.    

Las reglas ordinarias de procedimiento para las reuniones de 
los organismos deliberantes de la 
LACRALO.    

Reglas de procedimiento internas del ALAC

Reglamento Ordinario de World 
Heritage - UNESCO   

Se invoca indistintamente a los articulados de estos documentos, toda vez que 
son perfectamente conocidos por todos los miembros de la LACRALO. 

 Posición 1:  Respecto de las funciones y 
atribuciones del Presidente del GA para las elecciones:  

 Artículo 4 - Funciones del Presidente  

4.1 Además de ejercer las atribuciones que se le confieren en otras 
disposiciones del presente Reglamento, el Presidente abrirá y levantará cada 
sesión plenaria de la Asamblea.

Regla 2 - Elección de oficiales  
2.1  La Asamblea deberá 
elegir a un Presidente, al menos dos (2) vicepresidentes y un juez  
ponente, por mayoría simple del total de las ALSs presentes que 
voten. Estos  
nombramientos dejarán de ser válidos una vez que se levante la 
sesión de cada Asamblea  

General, a menos que la Asamblea determine lo contrario.   

 Posición de la AUI PERU:   La 
Asamblea para la elección del Presidente de la LACRALO se realizó el 02 de 
marzo. Los nombramientos como oficiales o como presidente de elecciones, dejaron 
de ser válidos en esta misma fecha, todos sus actos posteriores invocando ese 
cargo son NULOS.  

  

Posición 2: Respecto al anuncio de los resultados de la elección y 
la proclamación de las decisiones de la Asamblea General: 

 14.11 El Presidente anunciará los resultados de la elección. 

 AGNU: El Director General dirigirá los debates, velará por el cumplimiento 
del presente Reglamento, concederá la palabra, someterá a votación los asuntos y 
proclamará las decisiones. 

Posición de la AUI PERU:  En un 
proceso válido, sin vicios ni reclamaciones se procedió a la elección, luego del 
conteo de los votos en Asamblea General, se anunció el triunfo de un candidato. 
El presidente en ejercicio anunció los resultados y proclamó a Sergio Salinas 
Porto como presidente de la LACRALO. Se debe respetar la proclamación realizada 
en la Asamblea General del 02/03/2009, esta ha sido la decisión de la Asamblea 
General. 

  

Posición 3: Respecto a la decisión de reconteo de los votos, 
posteriores a la Asamblea General del 02 de marzo 2009. 

Artículo 9 - Mociones de procedimiento  

9.1 En el curso de un debate, cualquier delegación podrá proponer la 
suspensión o el levantamiento de la sesión o el aplazamiento o el cierre del 
debate.  

9.2 La propuesta se someterá inmediatamente a votación. Sin perjuicio de la 
Regla 8.1, tales mociones tendrán precedencia, en el siguiente orden sobre todas 
las demás propuestas o mociones presentadas:  

(a) suspensión de la reunión;  

(b) el levantamiento de la sesión;  

(c) aplazamiento del debate sobre la cuestión en debate;  

(d) cerrar el debate sobre la cuestión en debate. 

Posición de la AUI PERU:  La 
Asamblea se levantó de acuerdo a los procedimientos y reglamentos vigentes. 
El presidente cesa en funciones para procesos eleccionarios. No hubo 
aplazamiento de elecciones, reclamaciones, ni temas pendientes respecto de las 
elecciones a la LACRALO. Hubo proclamación de ganador de las elecciones Sergio 
Salinas Porto, se levantó la sesión de la GA.  

  

Posición 4: Respecto de la "continuidad de las funciones" del 
ex-presidente para declarar un nuevo ganador de las elecciones de la 
LACRALO: 

Regla 2 - Elección de oficiales
2.1 La Asamblea deberá elegir a un 
Presidente, al menos dos (2) vicepresidentes y un juez
ponente, por mayoría 
simple del total de las ALSs presentes que voten. Estos
nombramientos dejarán 
de ser válidos una vez que se levante la sesión de cada Asamblea
General, a 
menos que la Asamblea determine lo contrario.  

Posición de la AUI PERU:  La 
Asamblea General  no le ha encargado al ex-presidente de continuar con el 
proceso eleccionario para las autoridades de la LACRALO. Sus funciones concluyen 
con la proclamación de los ganadores y al levantar la sesión de la magna 
Asamblea General. Los actos derivan en NULO sino tiene poder vigente, posterior 
al 02 de marzo. La Asamblea General no le ha conferido poderes para rectificar 
sus decisiones y desconocer a sus Autoridades elegidas en Asamblea General. Su 
facultad de proclamar ganador de la elección del presidente de la LACRALO queda 
limitada al poder otorgado por la Asamblea General, la misma que se levantó el 
02 de marzo del 2009. 

Posición 5: La Institucionalidad como 
valor de orden y progreso  

10.8 Los funcionarios recientemente electos asumirán sus cargos al cierre de 
la Reunión General anual. En el caso de que la elección se realice entre 
reuniones generales anuales, el mandato comenzará a partir de la fecha en que se 
anuncian los resultados. 

10.12 Los funcionarios en cuestión continuarán desempeñando su cargo con 
carácter permanente hasta que se haya obtenido un resultado válido en las 
elecciones y se elija un funcionario nuevo. 

Posición de la AUI PERU:  El señor 
Sergio Salinas Porto, fué proclamado presidente de la LACRALO , así ha sido 
reconocido por todos en la Asamblea General celebrada el 02 de marzo del 2009. 
Sus funciones son vigentes y plenas desde esa fecha, reconocemos su mandato, 
hasta un nuevo proceso de elecciones a presidente de la LACRALO, la misma que se 
llevará en Asamblea General. 

Finalmente, la AUI PERU como miembro parte de la estructura de ICANN en 
la región renueva su compromiso de seguir trabajando por el desarrollo e 
implementación de las políticas de ICANN en nuestra región, en este sentido 
invoca a todos a priorizar el interés colectivo sobre el interés personal en sus 
decisiones y acciones. 

  

Atentamente, 

  

Johnny Laureano 

Presidente de la Asociación de Usuarios de Internet del Perú-  AUI PERU 




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