[lac-discuss-en] RV: ICANN News Alert - ICANN Seeks Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and Retention

javierjosepallero at gmail.com javierjosepallero at gmail.com
Thu Mar 27 15:29:33 UTC 2014


[[--Translated text (es -> en)--]]

 Subject: Re: RV: ICANN News Alert - ICANN Seeks Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements and Legitimate Purposes for Collection and Retention 
 From: javierjosepallero at gmail.com

 From the Argentine point of view, a couple of details to add to the 
 exhaustive explanation that diAlberto: 


 The Argentina data protection law (and to my knowledge, other 
 Latin American also) provide free treatment and data traffic 
 provided that they are unlinked to the identity of the wearer. 
 * We know this is a sensitive issue for the analysis of Cuestin 
 metadata *, allowing the information identificacinan when not 
 indicates directly to a person. 
 Nothing provided on metadata and data agregacin. A theme 
 interesting to consider.


 Also, in the Argentine case is unique, * there is a resolution of the 
 secrete communication established by the providers obigacin 
 telecommunications services to retain data quality * of medicin 
 service (which are called, duration, etc.) for three 
 entregrselos years and asked the government to (in order, according to the 
 standard to control the quality of service) then the rule says that the 
 application podrconservarlos authority "by the time it deems 
 relevant ". 


 Also stipulated in this regulation, the data management duty 
 made with respect to standards of protection of personal data, but 
 as we said, in Argentina we found an empty for metadata and 
 agregacin, so there is a gap that should be interesting 
 made explicit. 


 As Alberto said the law is the 25,326 (link: 
 http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64790/texact.htm) 
 and the resolution is the number 5/2013 of the Ministry of Communications 
 Argentina, under the federal ministry of planning, investment 
 pblica and services.(Link: 
 http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/215000-219999/216915/norma.htm) 


 Greetings! 






 Javier J. Pallero 
 http://about.me/javierpallero <http://www.linkedin.com/in/javierpallero>




 The March 27, 2014, 0:58, Alberto Soto <asoto at ibero-americano.org> wrote: 


> Aída y todos. Nuestras leyes (Uruguay y Argentina), están inspiradas en la
> LSI española, así que pueden diferir algo en la forma, pero no en el fondo.
> La Ley Argentina de Protección de Datos Personales no habla de retención de
> datos en comunicaciones. Sí,  hubo una ley sobre este último tema, pero fue
> dejada en "suspensión" por las numerosas críticas recibidas.
>
> La Ley argentina es la Nro 25326, que también define datos personales
> (información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia
> ideal determinadas o determinables; y  Datos sensibles ( Datos personales
> que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones
> religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información
> referente a la salud o a la vida sexual).
>
> También define "Tratamiento de datos: Operaciones y procedimientos
> sistemáticos, electrónicos o no, que permitan la recolección, conservación,
> ordenación, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación,
> bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales,
> así
> como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas,
> interconexiones o transferencias."
>
> Respecto de la seguridad de la información, nuestra Ley dice: 1. El
> responsable o usuario del archivo de datos debe adoptar las medidas
> técnicas
> y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y
> confidencialidad de los datos personales, de modo de evitar su
> adulteración,
> pérdida, consulta o tratamiento no autorizado, y que permitan detectar
> desviaciones, intencionales o no, de información, ya sea que los riesgos
> provengan de la acción humana o del medio técnico utilizado.
>
> 2. Queda prohibido registrar datos personales en archivos, registros o
> bancos que no reúnan condiciones técnicas de integridad y seguridad.
>
> Respecto de la   confidencialidad:  1. El responsable y las personas que
> intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están
> obligados al secreto profesional respecto de los mismos. Tal obligación
> subsistirá aun después de finalizada su relación con el titular del archivo
> de datos.
>
> 2. El obligado podrá ser relevado del deber de secreto por resolución
> judicial y cuando medien razones fundadas relativas a la seguridad pública,
> la defensa nacional o la salud pública.
>
> Respecto de la Cesión de Datos: 1. Los datos personales objeto de
> tratamiento sólo pueden ser cedidos para el cumplimiento de los fines
> directamente relacionados con el interés legítimo del cedente y del
> cesionario y con el previo consentimiento del titular de los datos, al que
> se le debe informar sobre la finalidad de la cesión e identificar al
> cesionario o los elementos que permitan hacerlo.
>
> Luego de esta larga introducción, debo coincidir contigo prácticamente en
> todo.
>
> Entiendo que tanto un Registrador como un Registrante, tienen (o deberían
> tener!) una infraestructura  tecnológica adecuada a las necesidades. Es
> decir que tienen un adecuado sistema de seguridad de la información, con
> separaciones entre sus servidores de áreas administrativas y de producción,
> inclusive de desarrollo de sistemas si es que tienen esta área.  Además de
> su red interna de comunicaciones, separadas y sin posibilidad de acceso
> entre las diferentes áreas, elemental en un prestador de servicios de
> internet. Esto, además de ajustarse a las leyes locales de protección de
> datos personales.
>
> Esto implicaría, por ejemplo, que los  elementos de datos descriptos en los
> puntos 1.1.8 (Procesamiento de pagos recurrentes); y el 1.2.1. (Información
> relativa a pagos concurrentes), están resguardados en un lugar diferente a
> los  elementos de datos del Whois, con lo cual el acceso a los mismos es
> solo posible, libre para este último, y  por personal interno del
> registrador o registrante a la información de los precitados ítems, que
> contienen asociados nombres, tarjetas de crédito, domicilios, etc.  Se
> afirma que si se suprime la fuente de información de pago, un registrante
> no
> tendrá manera de evaluar los reclamos de disputa de facturación o
> devoluciones del cargo del proceso. Que en muchos casos en disputa con
> tarjetas de crédito o cargos bancarios.
>
> Esto está relacionado con la legislación de cada país. En Argentina, las
> tarjetas de crédito y los bancos tienen la obligación de guardar este tipo
> de información durante muchos años; en este momento no recuerdo si son
> siete
> o diez años. De ser así, existen al menos dos lugares con la información
> necesaria.
>
>
>
> Con respecto a los temas de hackeo, venta irregular de dominio por engaño
> del comprador,etc.,  se habla de un año o más de retención de datos. Este
> plazo tiene que tener relación con la prescripción del delito cometido,
> porque si prescribe a los dos años, no debo guardarlos por tres años.
>
> Entiendo que no se fijen plazos de retención, porque este tema ha sido y
> sigue siendo muy discutido por que requiere almacenamiento, medidas de
> seguridad adicionales, etc.  Y más aún siendo datos de tráfico.
>
>
>
> Espero no haber aburrido
>
> Saludos cordiales
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
> De: Aida Noblia [mailto:aidanoblia at gmail.com]
> Enviado el: miércoles, 26 de marzo de 2014 04:55 p.m.
> Para: Alberto Soto
> CC: Fatima Cambronero; LACRALO Español
> Asunto: Re: [lac-discuss-es] RV: [ALAC-Announce] ICANN News Alert -- ICANN
> Seeks Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements
> and Legitimate Purposes for Collection and Retention
>
>
>
> Fátima, Alberto, Alejandro y todos:
>
>
>
> Entiendo que sí es un tema muy importante, complejo y también en las
> legislaciones, no pude asistir a la mesa redonda que mencionó Fátima, se
> puede escuchar alguna grabación? todavía queda algo de plazo para
> comentarios ? no tengo claro cuál es la fecha de cierre de comentarios.
>
>
>
>  Las legislaciones nacionales sobre protección de datos personales son
> bastante estrictas,  también las de derecho de acceso a la información
> pública, porque ahí estaría el límite necesario para saber lo que se puede
> y
> debe publicar y lo que no, con qué extensión, por cuánto tiempo, quiénes
> pueden hacerlo, qué datos se pueden publicar líbremente y cuáles requieren
> el consentimiento libre, expreso, escrito, del titular...
>
>
>
> En Uruguay la ley 18331 y sus decretos reglamentarios refieren a la
> protección de datos personales (calificados en dos tipos (sensibles o no)
> ,como un derecho humano amparado por la constitución de la República. Se
> otorga al titular de los datos personales los derechos ARCO, sigla que a
> nivel de las legislaciones incluye derecho de Acceso a la base de datos,
> Rectificación de los datos erróneos o modificados en la realidad,
> Corrección
> de datos erróneos o inexactos y Oposición a que se haga lo que la ley llama
> "tratamiento" de los datos que es en general cualquier uso de esos datos
> personales, sin el consentimiento escrito y expreso de su titular.
>
>
>
> Hay una Unidad Reguladora de Registro y Control de esos datos a cargo de la
> Agencia del Gobierno Electrónico,  que lleva el Registro de las Bases que
> contienen datos personales, obligatorio para todo el que tiene una base, ya
> sea de personas públicas o privadas, controla, realiza procedimientos y
> auditorías y sanciona a los infractores con multas e incluso clausura de la
> base de datos.
>
>
>
> Hay un responsable de la base y un encargado de llevarla en la práctica por
> cuenta de terceros o la suya propia. La ley regula sus responsabilidades.
> El
> propietario de la base, persona física o jurídica es el que responde por el
> uso o tratamiento de los datos  personales al titular de esos datos.
>
>
>
> Aún cuando se puedan usar o tratar en determinadas circunstancias, con
> consentimiento del titular o en los casos de datos que se admita su
> tratamiento sin él, los datos personales no pueden ser usados para otros
> fines que para los que el titular su uso permitió.
>
>
>
> El responsable de la base es su propietario o quien decide su uso: Los
> datos
> personales son recolectados para una  finalidad y deben ser eliminados una
> vez que se cumplió la finalidad para la que se recolectaron, se pueden
> trasmitir solo en determinadas condiciones.. etc. Es ese responsable de la
> base, que puede ser persona física o jurídica, a quien el titular de los
> datos puede exigir el cumplimiento o las sanciones que puedan corresponder.
>
>
>
> Con variantes, esto se repite en las legislaciones. En caso de
> transferencia
> internacional de datos se aplica el derecho internacional, y por tanto
> habrá
> que analizar cuál es la ley aplicable y la jurisdicción competencia.
>
>
>
>
>
> En el caso de ICANN, el propietario de la base de datos no es ICANN, por
> tanto, no es responsable legalmente del tratamiento que se realice de los
> datos personales.
>
>
>
> Según pude ver, en el sistema del nuevo acuerdo, el servicio se terceriza,
> para mejorarlo en cuanto a la calidad de los datos y también respecto a su
> tratamiento, pero eso no implica el cambio de propietario.
>
>
>
> Entonces,  ICANN  consiente la "excención" de retención de datos, en
> algunos
> casos puntuales que analiza y mediante un procedimiento especial, pero
> perjudicando el servicio que se pretendía mejorar a los usuarios por este
> nuevo medio.
>
>
>
> Esto se hace a pedido de los registros para quedar liberados de su
> responsabilidad legal porque al no tener que conservar los datos según el
> acuerdo con ICANN ya no tienen que responder ante la ley por su
> conservación, deterioro, mal uso, etc.  Se insiste en la exigencia de la
> buena fe por parte del propietario o titular de la base de datos (registro)
> que contiene dichos datos, aunque esta buena fe es un asunto de difícil
> prueba cierta.
>
>
>
> Además, al no conservar estos datos, se impide que haya posibilidades
> cumplir  las funciones de ICANN en estos casos, respecto a la prevención de
> daños que se puedan ocasionar por uso indebido de nombres de dominio y
> similares.
>
>
>
>
>
> El tema es  analizar en cada caso de estas solicitudes, si realmente la
> retención de estos datos es necesaria  para la prestación del servicio que
> se brinda a través del Registro o si ella constituye una violación de la
> ley. En el blog que se mencionan los casos que se pueden dar y no parecen
> tan raros. Y la posición de los registradores es claramente  buscar que se
> les facilite su tarea. pero en este caso podría ser contra la efectividad y
> certeza del servicio que brinda ICANN.  De lo que ya se ha dado y se puede
> ver en la web, parece que predomina la seguridad. Pero más allá de los
> requisitos de presentación que tiene el caso (con informes de abogado , etc
> )  debería estudiarse muy bien en que casos se da y no  tanto presumir la
> buena fe como forma de resolver estos casos.
>
>
>
> De otro modo por dar un respaldo a los propietarios de los Registros los
> libera de responsabilidades legales, con riesgo de afectar el cumplimiento
> de otras obligaciones, todo a afectar otras obligaciones que tiene el
> Registro y su propietario como dueño o quien trata los datos.
>
>
>
> Como decían me parece un asunto de interés.
>
>
>
>
>
> Saludos
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
> 2014-03-22 20:59 GMT-03:00 Alberto Soto <asoto at ibero-americano.org
> <mailto:asoto at ibero-americano.org> >:
>
>
>
> Fátima, solo serán las 04:00 AM en Buenos Aires... Pero prometo participar.
>
> Gracias!!
>
>
>
> Alberto Soto
>
>
>
> De: Fatima Cambronero [mailto:fatimacambronero at gmail.com
> <mailto:fatimacambronero at gmail.com> ]
> Enviado el: sábado, 22 de marzo de 2014 08:54 p.m.
> Para: Alberto Soto
> CC: Dr. Alejandro Pisanty Baruch; LACRALO Español
> Asunto: Re: [lac-discuss-es] RV: [ALAC-Announce] ICANN News Alert -- ICANN
>
> Seeks Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements
> and Legitimate Purposes for Collection and Retention
>
>
>
>
> Alejandro, Alberto,
>
>
>
> Comparto la opinión de que estamos frente a un tema interesante que
> deberíamos poder analizar y pronunciarnos desde nuestra región.
>
>
>
> El día lunes 24 a las 15 hs. local de Singapur está prevista una Mesa
> Redonda sobre Servicios de Directorio de Registro: presente y futuro. Si
> bien este tema concretamente no está incluido en la agenda de la reunión,
> es
> un tema muy relacionado que quizás aparezca en los debates.
>
>
>
> Sería bueno participar en esta Mesa Redonda para escuchar y discutir los
> comentarios que pueda haber al respecto. Entiendo que en el horario de
> nuestros países queda en una franja un poco complicada. Yo voy a estar
> atendiendo a dicha reunión. Si hay algún comentario o consulta que quieran
> hacer llegar, me ofrezco para transmitirlos.
>
>
>
> Este es el enlace a la agenda de esta Mesa Redonda:
>
> https://community.icann.org/display/atlarge/At-Large+Roundtable+on+Registrat
> <
> https://community.icann.org/display/atlarge/At-Large+Roundtable+on+Registra
> tion+Directory+Services%3A+Now+and+the+Future+-+2014.03.24+-+Singapore>
> ion+Directory+Services%3A+Now+and+the+Future+-+2014.03.24+-+Singapore
>
>
>
> Aquí el enlace al Adobe Connect: https://icann.adobeconnect.com/sin49-vip/
> (este es el mismo para todas las reuniones de At-Large de la semana).
>
>
>
> Saludos cordiales,
>
> Fatima Cambronero
>
>
>
> 2014-03-21 23:40 GMT-03:00 Alberto Soto <asoto at ibero-americano.org
> <mailto:asoto at ibero-americano.org>
>
> <mailto:asoto at ibero-americano.org <mailto:asoto at ibero-americano.org> > >:
>
>
> Creo que  el interés debe ser suficiente. Es justamente uno de los temas
> que
> hacen a la existencia de entidades orientadas al usuario final de Internet,
> es decir, NOSOTROS.
> Con seguridad hay distintas legislaciones para cada país, al menos en
> algunos ítems sustanciales. Aunque hay países que aún no tienen
> legislación.
> Hay 30 días para comentarios, es poco tiempo para  la importancia del tema.
> Sugiero que muy rápidamente las respectivas ALSs de cada país de nuestra
> Región, lea   los antecedentes de esta referencia, y luego  informen la
> legislación vigente en su respectivo país, con comentarios. También sugiero
> que para esta primera fase, la fecha límite sea el próximo viernes
> 28/03/2014.
> También sugiero que quienes están participando en Singapur, sean eximidos
> de
> participar, tienen cosas muy importante que hacer por nosotros.
>
> Saludos cordiales
>
> Alberto Soto
>
> -----Mensaje original-----
> De: lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org>
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org> >
>
> [mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org> > ] En nombre de
> Dr.
> Alejandro Pisanty Baruch
> Enviado el: viernes, 21 de marzo de 2014 11:25 p.m.
> Para: lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org> >
>
> Asunto: [lac-discuss-es] RV: [ALAC-Announce] ICANN News Alert -- ICANN
> Seeks
>
> Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements and
> Legitimate Purposes for Collection and Retention
>
> Colegas,
>
> el llamado anexo puede tener implicaciones legales apreciables en nuestra
> región. Convoquemos a los expertos en protección de datos personales y
> otros
> temas relacionados con la retención de datos (cómputo forense, leyes de
> telecomunicaciones, Marco Civil en el caso particular de Brasil) para
> conformar una opinión sólida, si hay el interés suficiente.
>
> Alejandro Pisanty
>
>
> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>      Dr. Alejandro Pisanty
> Facultad de Química UNAM
> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>
>
>
> +52-1-5541444475 <tel:%2B52-1-5541444475>  FROM ABROAD
>
> +525541444475 <tel:%2B525541444475>  DESDE MÉXICO SMS +525541444475
> <tel:%2B525541444475>
> Blog: http://pisanty.blogspot.com
> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
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> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
> .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .  .
>
> ________________________________________
> Desde: alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org> >
> [alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org>
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:alac-announce-bounces at atlarge-lists.icann.org> > ] en nombre de
> ICANN
> At-Large
> Staff [staff at atlarge.icann.org <mailto:staff at atlarge.icann.org>
> <mailto:staff at atlarge.icann.org <mailto:staff at atlarge.icann.org> > ]
> Enviado
>
> el: viernes, 21 de marzo de 2014
> 20:00
> Hasta: ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org> >
>
> Asunto: [ALAC-Announce] ICANN News Alert -- ICANN Seeks Public Comment on
> 2013 RAA Data Retention Specification Data Elements and Legitimate Purposes
> for Collection and Retention
>
> [http://www.icann.org/images/gradlogo_bow.jpg]<http://www.icann.org/>
> News Alert
>
> http://www.icann.org/en/news/announcements/announcement-3-21mar14-en.htm
>
> ________________________________
> ICANN Seeks Public Comment on 2013 RAA Data Retention Specification Data
> Elements and Legitimate Purposes for Collection and Retention
>
> 21 March 2014
>
> ICANN has been in discussions with a number of Registrars regarding data
> retention waiver requests ("Waiver Requests") submitted under the 2013
> Registrar Accreditation Agreement (the "2013 RAA"). Some Registrars are
> seeking an exemption from certain collection and/or retention requirements
> under the Data Retention Specification (the "Specification") of the 2013
> RAA. Section 2 of the Data Retention Specification sets forth requirements
> regarding the written materials a Registrar must submit in support of its
> good faith determination that the collection and/or retention of any data
> element specified in the Specification violates applicable law, and
> provides
> that following notice to ICANN of the Waiver Request, ICANN and the
> applicable Registrar shall discuss the matter in good faith in an effort to
> reach a mutually acceptable resolution of the matter. An update on the 2013
> RAA and the data retention waiver process can be found here:
>
> http://blog.icann.org/2014/02/update-on-2013-raa-and-data-retention-waiver-p
>
> <
> http://blog.icann.org/2014/02/update-on-2013-raa-and-data-retention-waiver-
> <
> http://blog.icann.org/2014/02/update-on-2013-raa-and-data-retention-waiver-
> process/>
> process/>
>
> rocess/
>
> ICANN understands that personal data should be treated in accordance with
> applicable data protection laws, which generally permit gathering and
> retention of personal data for legitimate purpose(s). ICANN also
> understands
> that the law may vary from country to country as to (i) what is considered
> a
> legitimate purpose, (ii) whether the personal data is adequate, relevant
> and
> not excessive in relation to the legitimate purpose for which they are
> collected and (iii) for how long certain data elements may be retained. In
> other words, what is considered a legitimate purpose for collection of
> certain data in one country may not be considered a legitimate purpose in
> another country.
>
> During ICANN's discussions in an effort to reach a mutually acceptable
> resolution of the matter, some Registrars have requested that ICANN (a)
> clarify and better define certain data elements described in the Data
> Retention Specification that the Registrars maintain are not clearly
> defined; and (b) describe potentially legitimate purposes for collection
> and
> retention of each data element that would help provide guidance for
> Registrars both as to whether such elements may be lawfully collected, and,
> if so, for how long such elements might lawfully be retained.
>
> In response to these requests from some Registrars, ICANN is posting for
> public comment a document seeking to clarify what is meant by certain data
> elements described in the Data Retention Specification and describing
> potentially legitimate purposes for collection and retention of those data
> elements. That document can be found
> here<
> http://www.icann.org/en/resources/registrars/raa/draft-data-retention-s
>
> <
> http://www.icann.org/en/resources/registrars/raa/draft-data-retention-spec-
> <
> http://www.icann.org/en/resources/registrars/raa/draft-data-retention-spec-
> elements-21mar14-en.pdf>
> elements-21mar14-en.pdf>
>
> pec-elements-21mar14-en.pdf> [PDF, 116 KB]. The document will be posted for
> a period of thirty (30) days to seek feedback and input from the community
> on (i) whether the data elements are appropriately described, (ii) whether
> the cited purposes for collection and retention are appropriate and
> legitimate, and (iii) whether there are other potentially legitimate
> purposes for collection and retention of such data elements. After the
> thirty (30) day period following this posting has expired, ICANN will
> consider all feedback and input received in connection with ICANN's ongoing
> discussions to reach a mutually acceptable resolution of Waiver Requests.
> In
> the interim, ICANN will continue its ongoing discussions to reach a
> mutually
> acceptable resolution of Waiver Requests with individual Registrars with
> the
> goal of granting additional Waiver Requests as and when appropriate.
>
> A public comment period will remain open until 23:59 p.m. PDT/California,
> 21
> April 2014. Public comments will be available for consideration by ICANN
> staff and the ICANN Board.
>
>  *   Comments can be posted to:
> comments-retention-21mar14 at icann.org
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann.org>
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann.org
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann.org> >
>
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann>
>
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann
> <mailto:comments-retention-21mar14 at icann> >
> .org>
>  *   Comments can be viewed at:
> http://forum.icann.org/lists/comments-retention-21mar14/
>
> _______________________________________________
> ALAC-Announce mailing list
> ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:ALAC-Announce at atlarge-lists.icann.org> >
>
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/alac-announce
>
> At-Large Official Site: http://www.atlarge.icann.org
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org> >
>
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
> http://www.lacralo.org
>
> _______________________________________________
> lac-discuss-es mailing list
> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
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