[lac-discuss-en] Second representative
vanda at uol.com.br
vanda at uol.com.br
Thu Sep 18 17:13:15 UTC 2014
[[--Translated text (es -> en)--]]
Subject: Re: Second representative
From: vanda at uol.com.br
At work group governance, we establish that conflicts of
interest will follow the rules of ICANN and - if need LACRALO understand
additional - the rules should propose rule group
procedure.
I think suggestions in this matter should be directed and this group of
Rules of Procedure for duplicate work.
Abraos
Vanda Scartezini
Polo Consultores Associados
Av. Paulista 1159, 1004 cj
01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
Land Line: +55 11 3266.6253
Mobile: + 55 11 98181.1464
On 9/13/14, 16.05, "Juan Manuel Rojas" <jumaropi at yahoo.com> wrote:
> Dear all,
> I must say that Alexander has played an important point.But I do not consider
> It can be treated by the Governance Group because estaramos
> Overloading a WG work and activities.
>
> If I understand correctly, what He intends to create a kind of commission that
> Be formed by ourselves, (a few of course) to evaluate the
> Possibility of conflicts of interest in certain cases.
> There will be a group of permanent work but sconsidero relevant than
> And is believed to make proper evaluations, if offered.
>
>
> JUAN MANUEL ROJAS
> Social Communicator
> President - AGEIA DENSI Colombia
>
> Twitter:JmanuRojas
>
> Join LACRALO:
> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>
>El Sábado, 13 de septiembre, 2014 13:59:37, Humberto Carrasco
><hcarrascob at gmail.com> escribió:
>
>
>
>Alejandro,
>
>De acuerdo. Creo que debemos crear una solución para determinar los
>eventuales conflictos.
>
>Personalmente, veré sí el grupo de gobernanza puede incluir este tema.
>
>Un abrazo
>
>Enviado desde mi iPhone
>
>> El 13-09-2014, a las 18:41, Alejandro Pisanty <apisanty at gmail.com>
>>escribió:
>>
>> Colegas,
>>
>> ya que estamos en esta discusión tratemos de combinar pragmatismo y
>> principios (cada quien elige su mezcla).
>>
>> Maritza, para ahondar en tu caso particular un momento: ¿tu puesto te
>> permite expresarte con total libertad de acuerdo con tu criterio
>> profesional y la posición de la organización que representas, por
>>ejemplo
>> en el caso de .amazon, donde hay una posición oficial del gobierno
>>peruano,
>> en caso de que difieras de la misma? Atención, no es interrogatorio;
>> estamos explorando un tema de fondo a través de un ejemplo. Si el
>>INDECOPI
>> tiene una posición oficial al respecto, ¿qué margen de libertad tienes
>>para
>> expresar un diferendo e incluso votar en contra de esa posición?
>>
>> No nos perdamos en las ramas respecto a la actividad académica; ésta es
>> otro tema.
>>
>> Humberto y Maritza, pienso que el principio general en el que se basa la
>> regla para el Board es aplicable, mutatis mutandis, a toda la
>>organización.
>>
>> Pienso también que la manera de proceder respecto a los conflictos de
>> interés y el condicionamiento del voto es que cada participante debe
>>hacer
>> saber cuáles son los intereses que representa y los que pueden limitar
>>su
>> independencia, pero no es cada uno de nosotros quien determina si está
>>en
>> conflicto o no (percepción subjetiva); esto lo hace la comunidad, un
>>comité
>> confiable formado por nosotros mismos, o un tercero independiente. El
>> conflicto no depende sólo de la persona sino de la situación específica.
>>
>> Alejandro Pisanty
>>
>> 2014-09-13 9:58 GMT-05:00 Maritza Aguero <myaguero at aui.pe>:
>>
>>> Estimad at s tod at s,
>>>
>>>
>>> Perdonen la demora en responder, he tenido un problema de salud que me
>>> impidió hacerlo antes.
>>>
>>>
>>> Considero que el criterio de incompatibilidad y el conflicto de
>>>intereses
>>> deben estar asociados con las funciones que de forma directa uno
>>>desempeña
>>> al interior de un Gobierno. El argumento de considerar que por el solo
>>> hecho de percibir un sueldo del Estado sea una incompatibilidad para
>>> representar a los usuarios, sería introducir una variable
>>>discriminatoria a
>>> favor de las personas que no somos voceros o representantes oficiales
>>>de un
>>> Gobierno, y por el contrario, este criterio bastaría para realizar
>>> limitaciones y restringir nuestra libertad como personas y ciudadanía
>>>que
>>> ninguna ley en el mundo prohíbe.
>>>
>>>
>>> Como algunas personas conocen, el Indecopi es una agencia de gobierno
>>>que
>>> tiene autonomía funcional, técnica y económica, a diferencia de otros
>>> organismos del Estado. Al interior del indecopi existen 10 Comisiones
>>>y 3
>>> Salas Especializadas (Propiedad Intelectual, Protección al Consumidor y
>>> Defensa de la Competencia) que ven diferentes temas y todas son
>>> independientes, es decir, ninguna se superpone en sus funciones ni se
>>> entromete en temas que no son de su competencia (1. Libre Competencia,
>>>2.
>>> Dumping, 3. Barreras Burocráticas, 4. Protección al Consumidor, 5.
>>> Competencia Desleal, 6. Procedimientos Concursales, 7. Propiedad
>>> Intelectual (dividida en 3 Comisiones: 7.1. Signos Distintivos, 7.2.
>>> Derecho de Autor e 7.3. Invenciones) e 8. Infraestructura de la
>>>Calidad).
>>> Para muchos países el Indecopi es un híbrido y, a su vez, un referente
>>>a
>>> nivel mundial por cómo se maneja funcionalmente y por la calidad
>>>técnica de
>>> sus pronunciamientos.
>>>
>>>
>>> En mi caso particular y centrándonos al tema en discusión, si bien
>>>trabajo
>>> para dicha agencia (situación que nunca ha sido negada), mi labor es
>>> técnica - resolutiva en la Sala Especializada en Propiedad
>>>Intelectual. No
>>> soy la vocera oficial o representante oficial del Gobierno, tanto es
>>>así
>>> que en todos los casos que se encuentran bajo mi responsabilidad son
>>> firmados por una persona encargada y existe un cuerpo colegiado (5
>>>Vocales)
>>> que se encarga de aprobar (o no) y debatir los procedimientos que
>>>tengo a
>>> mi cargo al ser ellos (los Vocales) quienes determinan en definitiva el
>>> sentido de un pronunciamiento.
>>>
>>>
>>> Asimismo, existen en mi país otras entidades del gobierno que se
>>>encargan
>>> de las labores ligadas al Icann (por ejemplo, la defensa del punto
>>>Amazon
>>> fue realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú, la
>>> promoción de marcas país se realiza a través de Promperú (que es otra
>>> entidad del Estado), la defensa de consumidores se realiza por una
>>>Comisión
>>> y/o Sala Especializada independiente del Indecopi y no vinculada con
>>>otras
>>> áreas, etc).
>>>
>>>
>>> He revisado con detenimiento el bylaws
>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>> (³Requisitos adicionales² 4.1.) e interpreto lo siguiente:
>>>
>>>
>>> a) La definición de ³funcionario² que dicho bylaws establece es el
>>> del ocupar un puesto gubernamental electivo, es decir, nombrado
>>> oficialmente, lo que vendrá a ser un nombramiento de tipo ³oficial² y
>>>esos
>>> nombramientos oficiales en mi país se realizan por Resolución del Poder
>>> Ejecutivo (o a quien se le delegue tal función) y posterior
>>>publicación en
>>> el Diario Oficial ³El Peruano².
>>>
>>>
>>> b) El segundo requisito es tener por ³*primary function*², es
>>> decir, por ³*función principal*² el desarrollo o el poder de
>>>influenciar
>>> en políticas gubernamentales o públicas. Situación que como ya he
>>> explicado antes, no se da en mi caso particular al interior del
>>>gobierno.
>>>
>>>
>>> Como pueden apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición de
>>> asalariada del gobierno, con otras funciones. Si fuera el caso,
>>>entonces se
>>> iría al extremo que yo no podría ser Profesora de Postgrado (porque
>>>también
>>> soy una académica en una universidad privada) y debatir a nivel
>>>técnico las
>>> leyes de mi país (dentro de los cuales se encuentran los criterios y
>>>leyes
>>> específicas del Indecopi) o escribir *papers* o dictar conferencias en
>>> las cuales exprese mi posición técnica y académica sobre temas legales,
>>> porque esa es mi profesión (abogada) y prima sobre mi condición de
>>> trabajadora del gobierno.
>>>
>>>
>>> Como se puede apreciar, no existe incompatibilidad entre mi condición
>>>de
>>> asalariada del gobierno y la representación a favor de los usuarios.
>>>Sin
>>> perjuicio de lo que he expuesto previamente, quedo a disposición de lo
>>>que
>>> las autoridades de LACRALO determinen.
>>>
>>>
>>> Finalmente, quisiera agradecer a las personas que tuvieron el tema en
>>> discusión claro y se pronunciaron a favor de la representación que
>>>Johnny
>>> tan gentilmente ha delegado en mi persona. Gracias Vanda, Sergio
>>>Salinas,
>>> Sergio Bronstein, Carlos Vera, Humberto, Johnny y a tod at s los demás.
>>>
>>>
>>> Saludos y quedo a su disposición de ustedes para cualquier consulta y/o
>>> comentario adicional.
>>>
>>>
>>> Maritza Agüero
>>>
>>> El 13 de septiembre de 2014, 3:43, Humberto Carrasco
>>><hcarrascob at gmail.com
>>>> escribió:
>>>
>>>> Estimado Alejandro,
>>>>
>>>> Muchas gracias nuevamente por centrar el punto del debate.
>>>>
>>>> Para mayor claridad de aquellos que no tengan una buena comprensión
>>>>del
>>>> inglés permitanme copiar las versiones en español y en portugués:
>>>>
>>>> *Español:*
>>>>
>>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-es#IV
>>>>
>>>> *Sección 4: REQUISITOS ADICIONALES (PARA LA SELECCIÓN DE LOS
>>>>DIRECTORES)
>>>> *
>>>>
>>>> 1. Sin perjuicio de cualquier disposición contraria en el presente
>>>> documento, no podrá desempeñarse como director ningún funcionario de
>>>>un
>>>> gobierno nacional o de una entidad multinacional establecida por
>>>>tratado o
>>>> por otro acuerdo entre gobiernos nacionales. Según su utilización en
>>>>el
>>>> presente documento, el término ³funcionario² hace referencia a una
>>>>persona
>>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o (ii) que es empleada
>>>>de
>>>> tal gobierno o entidad gubernamental y cuya función principal en tal
>>>> gobierno o entidad es desarrollar o influenciar políticas
>>>>gubernamentales o
>>>> públicas.
>>>>
>>>> *Portugués:*
>>>>
>>>> https://www.icann.org/resources/pages/bylaws-2012-02-25-pt#VI
>>>>
>>>> *Seção 4. QUALIFICAÇÕES ADICIONAIS*
>>>>
>>>> 1. Não obstante algo em contrário neste documento, nenhum oficial de
>>>>uma
>>>> entidade do governo nacional ou multinacional estabelecida por
>>>>tratado ou
>>>> outro acordo entre governos nacionais pode atuar como um Diretor. Como
>>>> usado neste documento, o termo "oficial" significa uma pessoa (i) que
>>>> mantém um cargo governamental eleitoral ou (ii) que é funcionária da
>>>> entidade governamental ou multinacional e cuja principal função é
>>>> desenvolver ou influenciar políticas públicas ou governamentais.
>>>>
>>>> Aclarado lo anterior, continuaré mi opinión en el sentido de tratar de
>>>> dilucidar este punto con mayor seguridad:
>>>>
>>>> 1.- Esta es una norma que se aplica al Board (Directorio) como bien lo
>>>> señaló Alejandro y no esta en las regulaciones de LACRALO. Por lo
>>>>tanto, es
>>>> discutible extender su aplicación a LACRALO. Ello porque en derecho,
>>>>las
>>>> normas que establecen requisitos, "deben interpretarse
>>>>restrictivamente" y
>>>> por ello, no pueden aplicarse por "analogía". Ello estaría conforme
>>>>con lo
>>>> estipulado en la clausula 3.1 del MOU que señala:
>>>> "La LACRALO estará compuesta por Estructuras At-Large e individuos con
>>>> intereses no-comerciales en la región de América Latina y el Caribe.
>>>>Todos
>>>> los ciudadanos o residentes de la región son bienvenidos para ser
>>>>miembros
>>>> de una ALS o para formar una nueva organización que podrá acreditarse
>>>>como
>>>> ALS."
>>>>
>>>> 2.- Sin embargo, si la comunidad entiende que de esta norma deriva un
>>>> "*principio general*" aplicable a todos los actores de ICANN y con
>>>>ello me
>>>> refiero también a LACRALO, habría que ver si en este caso se cumplen
>>>>los
>>>> requisitos, o sea, habría que determinar si Maritza calza en estos
>>>> criterios, los que son:
>>>> (i) que ocupa un puesto gubernamental electivo o
>>>> (ii) que es empleada de tal gobierno o entidad gubernamental y cuya
>>>> _*función principal *_en tal gobierno o entidad es _*desarrollar o
>>>> influenciar *_políticas gubernamentales o públicas.
>>>>
>>>> Al parecer Maritza no ocupa un puesto gubernamental electivo. Entonces
>>>> centrémonos, en ver si puede ser encasillada en la segunda situación.
>>>>
>>>> a.- Si entendemos que INDECOPI es parte del gobierno o entidad
>>>> gubernamental, se cumpliría el primer supuesto planteado.
>>>> b.- Lo que debemos determinar, es si su*función principal*, es
>>>> desarrollar o influenciar políticas publicas o gubernamentales.
>>>>
>>>> Aquí sería bueno, saber cual es la *función principal* que ella
>>>>cumple en
>>>> INDECOPI, porque si se trata de una función resolutiva (Por ejemplo,
>>>>es
>>>> quien debe redactar las resoluciones en temas marcarios), no se
>>>>cumpliría
>>>> el requisito, e incluso podría ser miembro del BOARD.
>>>>
>>>> *Para resumir, no es un tema simple, pero según mi entender la norma
>>>> citada por Alejandro no se aplica expresamente a los miembros de
>>>>LACRALO.
>>>> Si la comunidad piensa que de esta norma deriva un principio general
>>>> aplicable a todos los actores de ICANN (incluido LACRALO), habría que
>>>> determinar cual es la función principal de Maritza en INDECOPI.*
>>>>
>>>> Un abrazo a todos
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>>
>>>> El 13/09/2014 02:26 a.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>
>>>>> Humberto,
>>>>>
>>>>> aquí está la sección relevante de las "Bylaws" en
>>>>>https://www.icann.org/
>>>>> resources/pages/bylaws-2012-02-25-en#VI
>>>>>
>>>>> *Section 4. ADDITIONAL QUALIFICATIONS*
>>>>>
>>>>> 1. Notwithstanding anything herein to the contrary, no official of
>>>>> a national government or a multinational entity established by
>>>>> treaty or other agreement between national governments may serve
>>>>> as a Director. As used herein, the term "official" means a person
>>>>> (i) who holds an elective governmental office or (ii) who is
>>>>> employed by such government or multinational entity and whose
>>>>> primary function with such government or entity is to develop or
>>>>> influence governmental or public policies.
>>>>>
>>>>>
>>>>> Nótese bien que en algunos países algunas instituciones del
>>>>> Estado, como las universidades públicas, son autónomas, es decir,
>>>>> reciben fondos del estado pero se autogobiernan, por lo cual no
>>>>> son parte del gobierno. Por otra parte los reguladores de
>>>>> telecomunicaciones pueden ser autónomos, es decir, parte del
>>>>> Estado pero no del gobierno, pero como desarrollan o influyen en
>>>>> políticas gubernamentales o públicas, se les aplicaría el mismo
>>>>> artículo.
>>>>>
>>>>> El artículo se refiere solamente al Board y hay que tratarlo con
>>>>> adecuaciones como principio general para casos como el de LACRALO.
>>>>> Además de la letra de la ley están los principios que representa
>>>>> ("el espíritu del legislador", como dicen en algunos países los
>>>>> abogados).
>>>>>
>>>>> Añadiría un caso de conflicto más sutil pero importante: un
>>>>> consultor que trabaja fundamentalmente para gobiernos y organismos
>>>>> intergubernamentales, digamos la Caribbean Telecommunications
>>>>> Union o CITEL, en temas de política que afectan la gobernanza de
>>>>> Internet, tampoco tiene garantizada la independencia necesaria, ya
>>>>> que puede decidir que no entrará en conflicto con los clientes que
>>>>> regularmente pagan sus cuentas.
>>>>>
>>>>> Sin excesos de "pureza", podemos retomar la propuesta de Sergio
>>>>> Bronstein y convertirla en acción o regla: declaraciones de
>>>>> interés, que deben ser actualizadas cuando haya cambios o cada año
>>>>> (lo que suceda primero), verificables, y que permitan pedir la
>>>>> recusación del voto o incluso de la participación en la discusión
>>>>> de temas en los que el conflicto sea considerado como insalvable.
>>>>> El Board tiene un Comité de Conflicto de Interés para este fin.
>>>>>
>>>>> Alejandro Pisanty
>>>>>
>>>>>
>>>>> 2014-09-12 16:25 GMT-05:00 Humberto Carrasco <hcarrascob at gmail.com
>>>>> <mailto:hcarrascob at gmail.com>>:
>>>>>
>>>>>
>>>>> Estimado Alejandro:
>>>>>
>>>>> Se agradece este comentario. Para efecto de centrar la discusión
>>>>> sobre una base concreta, ¿Será posible que tu o Fátima me señalen
>>>>> la norma a que se refiere esta incompatibilidad para poder
>>>>> revisarla en detalle?
>>>>>
>>>>> Muchas gracias de antemano.
>>>>>
>>>>> Un abrazo
>>>>> El 12/09/2014 09:37 p.m., Alejandro Pisanty escribió:
>>>>>
>>>>> Vanda,
>>>>>
>>>>> aquí hay un malentendido.
>>>>>
>>>>> En ICANN hay una prohibiciión de ocupar ciertos cargos - como
>>>>> el Board - a
>>>>> personas que trabajan para los gobiernos en posiciones y
>>>>> organizaciones que
>>>>> hacen las políticas que afectan a Internet.
>>>>>
>>>>> Cuando construimos la NCDNHC en 1999 analizamos esto
>>>>> cuidadosamente y
>>>>> concluimos que los académicos de instituciones públicas de
>>>>> educación e
>>>>> investigación generalmente no se encuentran en este caso.
>>>>>
>>>>> En cambio el INDECOPI, CANTV y algunas otras organizaciones de
>>>>> las cuales
>>>>> tenemos miembros en LACRALO sí están en esa situación.
>>>>>
>>>>> Los empleados de esas organizaciones - no sólo los directivos
>>>>> - están
>>>>> sujetos a las reglas internas de las organizaciones y no
>>>>> pueden ir en
>>>>> contra de las políticas de sus empleadores. Éstos están
>>>>> representados en
>>>>> ICANN a través del GAC.
>>>>>
>>>>> En las organizaciones de usuarios dentro de ICANN - NCUC,
>>>>> NPOC; NCSG, At
>>>>> Large - requerimos independencia. ¿Independencia de qué?
>>>>> Independencia de
>>>>> criterio respecto a algo que pudiera estar en controversia,
>>>>> como las
>>>>> políticas de los gobiernos y de las empresas. Tengamos esta
>>>>> claridad sin
>>>>> dejar de reconocer que la realidad es compleja.
>>>>>
>>>>> Tu descripción del INDECOPI como órgano contrario a las
>>>>> posiciones de los
>>>>> usuarios dejó muy claro que hay un conflicto irresoluble ahí.
>>>>>
>>>>> Alejandro Pisanty
>>>>>
>>>>> 2014-09-12 12:05 GMT-05:00 Vanda Scartezini <vanda at uol.com.br
>>>>> <mailto:vanda at uol.com.br>>:
>>>>>
>>>>>
>>>>> Amigos, permitan corrigir un entendimiento erroneo que
>>>>> tuvo en este
>>>>> asunto.
>>>>>
>>>>> A) Yo estaba considerando que la persona en cuestión era
>>>>> una persona del
>>>>> gobierno y que no estaba involucrada con ninguna actividad
>>>>> directa con los
>>>>> usuarios, simplesmente era una empleada pública.
>>>>>
>>>>> B) Pero confirmé que no és así. La persona en cuestión
>>>>> tiene una actividad
>>>>> voluntaria de trabajo junto a usuarios de internet y es
>>>>> simplesmente una
>>>>> empleada del gobierno. w
>>>>>
>>>>> Mis razones:
>>>>> Si no logramos que una empleada del gobierno que no
>>>>> represente la posición
>>>>> de gobierno, de facto, por la realidad de su posición en
>>>>> el órgano de
>>>>> gobierno, a lo cual pertenece, participe de pleno directo
>>>>> de LACRALO ,
>>>>> como hacemos con los empleados de las universidades
>>>>> públicas que están en
>>>>> LACRALO? - cito como ejemplo el colega Carlton,( empleado
>>>>> de la
>>>>> Universidad de West Indias - una universidad publica) por
>>>>> todos conocido,
>>>>> porque no queremos perderlo por cierto y está super
>>>>> involucrado con
>>>>> LACRALO y así debe permanecer !!.
>>>>> Así, si una persona trabaja como voluntaria en defesa de
>>>>> los usuarios, en
>>>>> entidad bajo las reglas de LACRALO, no me parece que solo
>>>>> el facto de la
>>>>> persona receber su soldo como un empleado de gobierno, sin
>>>>> especial
>>>>> titulo, pueda ser un impedimento.
>>>>>
>>>>> Así retifico mi posición y soy a favor de que Maritza
>>>>> asuma la posición a
>>>>> que fue considerada con todos los directos iguales a los
>>>>> demás.
>>>>>
>>>>> Abrazos a todos
>>>>>
>>>>> Vanda Scartezini
>>>>> Polo Consultores Associados
>>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> On 9/11/14, 14:53, "Vanda Scartezini" <vanda at uol.com.br
>>>>> <mailto:vanda at uol.com.br>> wrote:
>>>>>
>>>>> Creo que en ICANN hay claros locales adonde una
>>>>> persona función de su
>>>>> trabajo puede participar: como representante directo
>>>>> del gobierno, como
>>>>> representante de interés de un agente económico, sea
>>>>> una entidad con fines
>>>>> de lucro o no, como pro ejemplo en el GNSo. Ai hay
>>>>> también espacio apra
>>>>> los expertos de propiedad intelectual. No hay
>>>>> discriminación si es una
>>>>> agencia de gobierno o si es una oficina de propiedad
>>>>> intelectual.
>>>>> Por otro lado hay At Large que tiene la intención de
>>>>> agravar los que
>>>>> buscan la inclusion del usuario en las cuestiones de
>>>>> internet. Para estes
>>>>> hay que ser organizaciones sin fines de lucro y con
>>>>> foco en la defensa de
>>>>> los interese de los usuarios, pero no si pretende que
>>>>> sean gobiernos nin
>>>>> que t=visen obtener lucro en su actividad.
>>>>> Asi creo que estoy mas en la linea de Fatima. Una
>>>>> agencia de gobierno
>>>>> focada en propiedad intelectual no tiene foco en la
>>>>> defensa de s\los
>>>>> usuarios de internet. Yo personalmente ya fui
>>>>> presidente de la agencia
>>>>> brasileña de propiedad intelectual y tengo certeza que
>>>>> en nada tenia en
>>>>> cuenta los usuarios de internet y los colegas que la
>>>>> están ahora tampoco
>>>>> tienen foco en usuarios de internet.
>>>>> Vanda Scartezini
>>>>> Polo Consultores Associados
>>>>> Av. Paulista 1159, cj 1004
>>>>> 01311-200- Sao Paulo, SP, Brazil
>>>>> Land Line: +55 11 3266.6253
>>>>> Mobile: + 55 11 98181.1464
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> On 9/11/14, 11:18, "Carlos Vera Quintana"
>>>>> <cveraq at gmail.com <mailto:cveraq at gmail.com>> wrote:
>>>>>
>>>>> Estimado todos: En estos temas hay que manejarse
>>>>> de modo pragmático y
>>>>> también apegados a Derecho.
>>>>>
>>>>> 1. Muchos de los representantes en este y otros
>>>>> grupos, son profesionales
>>>>> a quienes el "voluntariado" en los mismos les
>>>>> resulta un insumo
>>>>> profesional y adicionalmente perciben pagos por su
>>>>> trabajo aquí o en las
>>>>> comisiones por los proyectos que realizan, ya sea
>>>>> de modo directo
>>>>> (proyectos, sueldo profesional, honorarios
>>>>> profesionales, etc) o
>>>>> indirecto (valor agregado a sus propias
>>>>> profesiones). Por tanto el
>>>>> "voluntariado" como tal no existe sino que
>>>>> trabajan por que esa
>>>>> experiencia en los grupos de trabajo y comisiones
>>>>> les remunera
>>>>> profesionalmente directa o indirectamente. El
>>>>> interés por el usuario es
>>>>> real pero secundario y tienen una dedicación casi
>>>>> exclusiva a estos temas
>>>>> pues es parte de su trabajo o profesión.
>>>>>
>>>>> 2. Otros somos voluntarios más directos y no
>>>>> vivimos de esto ni directa
>>>>> ni indirectamente. Es decir en nuestros currículos
>>>>> no aparece "voluntario
>>>>> del ALS" y por tanto esta actividad no nos
>>>>> remunera de ningún modo. El
>>>>> interés por el usuario es primario aquí. En este
>>>>> caso nuestra
>>>>> participación a menudo no es todo lo intensa,
>>>>> constante o profunda como
>>>>> los primeros pues debemos, además del tiempo
>>>>> dedicado al voluntariado,
>>>>> trabajar para sobrevivir y el voluntariado no nos
>>>>> agrega valor para lo
>>>>> que hacemos profesionalmente.
>>>>>
>>>>> 3. En Derecho: Si algún miembro de alguna ALS en
>>>>> algún momento tuviera un
>>>>> conflicto de intereses real o potencial esto
>>>>> deberá ser analizado EN
>>>>> DICHO MOMENTO y la ALS tomará la decisión de si
>>>>> este delegado continua o
>>>>> no su rol para esa determinada situación. Para eso
>>>>> está el suplente
>>>>> igualmente. Es decir a nadie se le puede negar
>>>>> participar por algo
>>>>> potencial, por un PODRÍA. En una junta cuando uno
>>>>> de los miembros puede
>>>>> tener un conflicto en determinado y específico
>>>>> tema, lo declara y se
>>>>> abstiene de participar o delega su participación y
>>>>> es el hecho que
>>>>> corresponde.
>>>>>
>>>>> 4. El argumento de que ser funcionario de una
>>>>> institución PODRÍA
>>>>> representar un conflicto es irrelevante para la
>>>>> actuación de la delegada
>>>>> de Perú. Si en algún momento se presenta un
>>>>> conflicto se lo analizará Y
>>>>> ELLOS tomarán la decisión que corresponda.
>>>>>
>>>>> Carlos Vera Quintana
>>>>> 0988141143
>>>>> Sígueme @cveraq
>>>>>
>>>>> El 11/09/2014, a las 8:28, Fatima Cambronero
>>>>> <fatimacambronero at gmail.com
>>>>> <mailto:fatimacambronero at gmail.com>> escribió:
>>>>>
>>>>>
>>>>> Sergio,
>>>>>
>>>>> He leído comentarios absurdos pero la verdad
>>>>> que esto supera cualquiera
>>>>> del
>>>>> tipo.
>>>>> Trabajar para el gobierno, seas empleado o
>>>>> funcionario público, que el
>>>>> gobierno te pague el sueldo todos los meses es
>>>>> directamente un
>>>>> conflicto de
>>>>> interés cuando hay que defender los intereses
>>>>> de los usuarios. Lo
>>>>> quieras
>>>>> justificar como lo quieras justificar.
>>>>> Además en el caso de Martiza, trabaja para una
>>>>> Agencia del gobierno que
>>>>> se
>>>>> dedica a la propiedad intelectual. Pongamos un
>>>>> ejemplo ficticio, que un
>>>>> nombre de dominio X auspiciado por el gobierno
>>>>> de Perú se convierta en
>>>>> marca comercial, ¿a qué intereses te parece
>>>>> que va a representar y
>>>>> defender
>>>>> INDECOPI?
>>>>> En el caso de que un empleado del gobierno
>>>>> (empleado o funcionario)
>>>>> quiera
>>>>> representar los intereses de los usuarios, es
>>>>> un conflicto, acá y en
>>>>> cualquier lugar del mundo. ¿Tenemos
>>>>> situaciones similares en LACRALO?
>>>>> Sí.
>>>>> ¿Tenemos mecanismos para descertificar a esas
>>>>> ALS? Sí. Que no lo
>>>>> quieran
>>>>> hacer es otra cosa.
>>>>> Además sería importante que leas
>>>>> cuidadosamente mi mensaje. Mi
>>>>> preocupación
>>>>> está dirigida a asegurarles una debida
>>>>> representación a AUI Perú,
>>>>> porque sé
>>>>> que temporalmente Jhonny no va a poder ejercer
>>>>> esa representación y mi
>>>>> comentario fue dirigido a que busquen a otra
>>>>> persona que no tenga
>>>>> conflictos para asegurarse sus votos dentro de
>>>>> LACRALO. Esa fue la
>>>>> misma
>>>>> conversación que tuve en privado con Maritza.
>>>>> Por otro lado sería importante que te informes
>>>>> correctamente antes de
>>>>> realizar ataques contra mi persona, que además
>>>>> no tienen nada que ver.
>>>>> Yo
>>>>> no soy empleada de la Universidad Nacional de
>>>>> Córdoba ni del gobierno
>>>>> de
>>>>> Argentina (sí tenemos en LACRALO empleados del
>>>>> gobierno de Argentina).
>>>>> Yo
>>>>> voy a dar clases a la Facultad de Derecho de
>>>>> la UNC como Profesora
>>>>> Invitada, lo hago voluntariamente sin recibir
>>>>> ningún sueldo, ni
>>>>> remuneración, ni premios, ni nada. Lo hago
>>>>> porque me gusta la docencia
>>>>> y
>>>>> porque como lo hago en At-Large, es parte de
>>>>> la decisión que he tomado
>>>>> de
>>>>> realizar trabajo voluntario por convicciones
>>>>> personales.
>>>>> Así que por favor, enfocate correctamente en
>>>>> el tema que he planteado y
>>>>> no
>>>>> hagas como hacés siempre, de desviar la
>>>>> atención sobre asuntos que no
>>>>> tienen nada que ver con la sustancia que se
>>>>> está conversando.
>>>>> También sería bueno ver un poco más de
>>>>> corporativismo al momento de
>>>>> discutir statements y policies, eso sería más
>>>>> productivo para LACRALO.
>>>>> Lamento que el voto de AUI Perú se vuelva
>>>>> inexistente con la nueva
>>>>> representación que han elegido.
>>>>> Deseo profundamente que atacar para defenderse
>>>>> no se convierta en regla
>>>>> en
>>>>> este hilo ni en LACRALO.
>>>>>
>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>
>>>>> El 11 de septiembre de 2014, 10:06, Sergio
>>>>> Salinas Porto <
>>>>> presidencia at internauta.org.ar
>>>>> <mailto:presidencia at internauta.org.ar>>
>>>>> escribió:
>>>>>
>>>>>
>>>>> Estimada Fatima, lamento no estar de
>>>>> acuerdo con vos.
>>>>> Creo que ingresas en un equivoco grande
>>>>> propio de un recién iniciado.
>>>>> Una cosa es ser funcionario publico y otra
>>>>> ser empleado publico.
>>>>> Con el criterio que estas marcando muchos
>>>>> de los/las compañeros de
>>>>> LACRALO
>>>>> deberian dejar se ser miembros, ya que por
>>>>> lo que se, muchos se
>>>>> desempeñan
>>>>> como docentes de universidades publicas
>>>>> (vos también no?), o son
>>>>> empleados
>>>>> de la justicia, o empleados de
>>>>> reparticiones municipales o
>>>>> provinciales.
>>>>> Estudiantes de una universidad pública
>>>>> (podria llegar a pender su nota
>>>>> de
>>>>> lo que vote en Lacralo?), etc.
>>>>> El conflicto recide en si es funcionario
>>>>> público con deciciones
>>>>> gubernamentales o no.
>>>>> No he visto ninguna manifestacion tuya,
>>>>> incluso cuando te propusiste
>>>>> para
>>>>> ser ALAC Member, sobre tu conflicto de
>>>>> interes cuando persibías
>>>>> dinero del
>>>>> gobierno nacional (que es de donde
>>>>> provienen los fondos de educación
>>>>> en
>>>>> argentina) siendo docente de la
>>>>> universidad nacional de córdoba.
>>>>> Para que quede claro y no se mal
>>>>> intemplete: Yo creo que no hay ningun
>>>>> conflicto de interes en lo que respecta a
>>>>> vos ni en lo que respecta a
>>>>> Maritza.
>>>>> Abrazo querida fatima!
>>>>> El sep 11, 2014 1:16 a.m., "Fatima
>>>>> Cambronero" <
>>>>> fatimacambronero at gmail.com
>>>>> <mailto:fatimacambronero at gmail.com>>
>>>>> escribió:
>>>>>
>>>>>
>>>>> Johnny, todas/os,
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> En primer lugar quisiera disculparme
>>>>> por la demora en responder este
>>>>> hilo
>>>>> de correos. Estuve de viaje y con
>>>>> dificultades para seguir todas las
>>>>> conversaciones.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Luego me gustaría hacer dos
>>>>> comentarios respecto de este asunto.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> La posibilidad de designar dos
>>>>> contactos por cada ALS (uno primario
>>>>> con
>>>>> derecho a voto y un contacto
>>>>> secundario sin derecho a voto) se
>>>>> encuentra
>>>>> vigente desde los comienzos mismos de
>>>>> LACRALO. Pueden revisar
>>>>> nuestros
>>>>> Principios Operativos vigentes aquí,
>>>>> en el #4:
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> https://community.icann.org/download/attachments/2264378/
>>>>> Principios%25
>>>>>
>>>>> 2
>>>>> 0Operativos%2520de%2520la%
>>>>> 2520LACRALO%2520Rev1%2520-%2520ES%2520.pdf?v
>>>>> e
>>>>> rsion=1&modificationDate=
>>>>> 1283972736000&api=v2
>>>>>
>>>>>
>>>>> Link recortado: http://goo.gl/Mrnk8f
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> En segundo lugar, respecto de la
>>>>> solicitud que estás realizando
>>>>> Johnny, de
>>>>> designar a Maritza Agüero Miñano como
>>>>> contacto secundario (eso dices
>>>>> en el
>>>>> primer párrafo de tu correo) o como
>>>>> contacto primario con derecho a
>>>>> voto
>>>>> (eso dices en el segundo párrafo de tu
>>>>> correo) de AUI Perú, quisiera
>>>>> manifestar una preocupación al
>>>>> respecto. Antes de eso, me gustaría
>>>>> aclarar
>>>>> que he tenido una conversación en
>>>>> privado con Maritza sobre este
>>>>> tema, a
>>>>> quién conozco personalmente del
>>>>> Fellowship Program de ICANN y del
>>>>> curso de
>>>>> ISOC de Next Generation Leaders del
>>>>> cual soy su Experta Moderadora,
>>>>> respecto de quien no tengo ningún
>>>>> conflicto personal y con quien me
>>>>> une
>>>>> incluso una amistad.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Martiza trabaja para el INDECOPI,
>>>>> Instituto Nacional de Defensa de la
>>>>> Competencia y de la Protección de la
>>>>> Propiedad Intelectual, que es la
>>>>> Agencia del gobierno peruano encargada
>>>>> de la Propiedad Intelectual.
>>>>> Enlace
>>>>> a su sitio web:
>>>>> http://www.indecopi.gob.pe/
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Aunque el INDECOPI se ocupe de la
>>>>> defensa de los derechos de los
>>>>> consumidores (por favor, corríjanme si
>>>>> me equivoco), es finalmente
>>>>> una
>>>>> agencia del gobierno. El gobierno
>>>>> peruano es quien paga todos los
>>>>> meses su
>>>>> sueldo.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Mi preocupación es por lo tanto, que
>>>>> siendo el contacto primario de
>>>>> AUI
>>>>> Perú con derecho a voto una persona
>>>>> que es empleada del gobierno de
>>>>> Perú,
>>>>> en el caso de presentarse un conflicto
>>>>> entre los intereses de los
>>>>> usuarios
>>>>> de Internet (regionales, aunque
>>>>> principalmente locales) y el gobierno
>>>>> peruano, se estaría poniendo a Maritza
>>>>> en una situación de conflicto
>>>>> de
>>>>> intereses, y debería apartarse de
>>>>> representar a los usuarios de
>>>>> Internet
>>>>> de
>>>>> Perú y abstenerse de votar como
>>>>> delegada de su ALS. En ese caso,
>>>>> estaríamos
>>>>> volviendo inexistente la
>>>>> representación de dicha ALS. En mi
>>>>> opinión,
>>>>> se
>>>>> podría participar de las discusiones
>>>>> como contacto secundario, pero
>>>>> al
>>>>> momento del voto, siendo contacto
>>>>> primario, se deberían abstener
>>>>> perdiendo
>>>>> el derecho que le asiste a toda ALS
>>>>> acreditada.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Por lo tanto, me gustaría solicitarle
>>>>> a Johnny a Maritza la
>>>>> posibilidad de
>>>>> revisar esta modificación del contacto
>>>>> primario con derecho a voto de
>>>>> AUI
>>>>> Perú para lograr que su participación
>>>>> sea realmente efectiva dentro
>>>>> de
>>>>> LACRALO y de At-Large en general, en
>>>>> representación de los intereses
>>>>> de
>>>>> los
>>>>> usuarios finales de Internet.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Quedo a su disposición para colaborar
>>>>> con ustedes en lo que esté
>>>>> dentro de
>>>>> mis posibilidades.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Saludos cordiales,
>>>>>
>>>>> Fatima Cambronero
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> El 2 de septiembre de 2014, 11:37,
>>>>> Johnny Laureano <jlaureano at aui.pe
>>>>> <mailto:jlaureano at aui.pe>
>>>>>
>>>>> escribió:
>>>>>
>>>>> Estimado Alberto,
>>>>>
>>>>> En principio para felicitar esta
>>>>> iniciativa, me parece muy
>>>>>saludable
>>>>> que
>>>>> las ALS deleguen o acrediten a un
>>>>> segundo representante. En este
>>>>>
>>>>> sentido,
>>>>>
>>>>> presentamos a la Srta. Abogada
>>>>> Maritza Agüero Miñano como segunda
>>>>> representante de AUI PERU, para
>>>>> los efectos de representación ante
>>>>>
>>>>> LACRALO
>>>>>
>>>>> e ICANN.
>>>>>
>>>>> En este mismo sentido, en mi
>>>>> condición de Presidente y Titular
>>>>>
>>>>> acreditado
>>>>>
>>>>> de AUI PERU, mediante el presente
>>>>> solicito se le otorgue las
>>>>> credenciales de votación en
>>>>> representación de nuestra
>>>>> organización
>>>>> en LACRALO.
>>>>>
>>>>> Agradezco la atención al presente.
>>>>>
>>>>> Atentamente,
>>>>>
>>>>> Johnny Laureano
>>>>> Pdte. AUI PERU
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> El 1 de septiembre de 2014, 14:20,
>>>>> Alberto Soto
>>>>> <alberto at soto.net.ar
>>>>> <mailto:alberto at soto.net.ar>>
>>>>>
>>>>> escribió:
>>>>>
>>>>> Estimados, según nuestras
>>>>> normas cada ALS puede tener
>>>>>dos
>>>>>
>>>>> representantes.
>>>>>
>>>>> Uno de ellos es quien es
>>>>> designado por la misma y
>>>>> autorizado a
>>>>> votar,
>>>>>
>>>>> y
>>>>>
>>>>> es
>>>>>
>>>>> a
>>>>> quien se le envían las
>>>>> credenciales correspondientes.
>>>>>
>>>>> Pero en algunas
>>>>> organizaciones, por varias
>>>>> razones el titular puede
>>>>> no
>>>>> estar
>>>>> disponible en algunos momentos
>>>>> y desea que el otro
>>>>>representante
>>>>>
>>>>> tenga la
>>>>>
>>>>> información necesaria.
>>>>>
>>>>> Es por ello que las ALSs que
>>>>> lo deseen, pueden enviarme el
>>>>> nombre y
>>>>>
>>>>> correo
>>>>>
>>>>> del segundo representante para
>>>>> agregarlos en las listas de
>>>>> mails de
>>>>> LACRALO.
>>>>>
>>>>> Siempre permanecerá para la
>>>>> votación el designado
>>>>> oportunamente,
>>>>> hasta
>>>>>
>>>>> que
>>>>>
>>>>> la ALS informe oficialmente un
>>>>> cambio.
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Saludos cordiales
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> Alberto Soto
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> ______________________________
>>>>> _________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.
>>>>> icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>>> atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>> ______________________________
>>>>> _________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.
>>>>> icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>>> atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> --
>>>>> *Fatima Cambronero*
>>>>> Abogada-Argentina
>>>>>
>>>>> Phone: +54 9351 5282 668
>>>>> Twitter: @facambronero
>>>>> Skype: fatima.cambronero
>>>>> ______________________________
>>>>> _________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es@
>>>>> atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>>
>>>>> --
>>>>> *Fatima Cambronero*
>>>>> Abogada-Argentina
>>>>>
>>>>> Phone: +54 9351 5282 668
>>>>> Twitter: @facambronero
>>>>> Skype: fatima.cambronero
>>>>>
>>>>>_______________________________________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>>>
>>>>><mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>> _______________________________________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.
>>>>> org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> _______________________________________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-
>>>>> discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> _______________________________________________
>>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>>> <mailto:lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>
>>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>>
>>>>> http://www.lacralo.org
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>>
>>>>> --
>>>>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>>>>> Dr. Alejandro Pisanty
>>>>> Facultad de Química UNAM
>>>>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>>>>> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
>>>>> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
>>>>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
>>>>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
>>>>> Unete al grupo UNAM en LinkedIn, http://www.linkedin.com/e/gis/
>>>>> 22285/4A106C0C8614
>>>>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
>>>>> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>>>>> . . . . . . . . . . . . . . . .
>>>>
>>>> _______________________________________________
>>>> lac-discuss-es mailing list
>>>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>>>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>>>
>>>> http://www.lacralo.org
>>
>>
>> --
>> - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
>> Dr. Alejandro Pisanty
>> Facultad de Química UNAM
>> Av. Universidad 3000, 04510 Mexico DF Mexico
>> +52-1-5541444475 FROM ABROAD
>> +525541444475 DESDE MÉXICO SMS +525541444475
>> Blog: http://pisanty.blogspot.com
>> LinkedIn: http://www.linkedin.com/in/pisanty
>> Unete al grupo UNAM en LinkedIn,
>> http://www.linkedin.com/e/gis/22285/4A106C0C8614
>> Twitter: http://twitter.com/apisanty
>> ---->> Unete a ISOC Mexico, http://www.isoc.org
>> . . . . . . . . . . . . . . . .
>> _______________________________________________
>> lac-discuss-es mailing list
>> lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>> https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>>
>> http://www.lacralo.org
>_______________________________________________
>lac-discuss-es mailing list
>lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
>http://www.lacralo.org
>_______________________________________________
>lac-discuss-es mailing list
>lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org
>https://atlarge-lists.icann.org/mailman/listinfo/lac-discuss-es
>
>http://www.lacralo.org
[[--Original text (es)
http://mm.icann.org/transbot_archive/042a35c421.html
--]]
More information about the lac-discuss-en
mailing list