[lac-discuss-en] URGENTE - Carta al Congreso de Colombia

Cintra Sooknanan cintra.sooknanan at gmail.com
Wed Apr 11 14:56:34 UTC 2012


Agree with Carlos,

Can you please send a URL of your position as well as the URL of the
Colombian Act? This will also assist in understanding and translating the
text to english.

Thank you very much,

Cintra Sooknanan

On Wed, Apr 11, 2012 at 8:06 AM, <cveraq at gmail.com> wrote:

> Tenemos forma de que esta posicion sea revisada en un URL de modo que
> podamos difundirla en twitter o facebook?
>
> Podrian enviar un URL donde se lea toda la posicion?
>
> Saludos cordiales
>
> Carlos Vera
> Isoc Ecuador
> -----Original Message-----
> From: Ageia Densi Colombia <ageiadensicolombia at gmail.com>
> Sender: lac-discuss-es-bounces at atlarge-lists.icann.org
> Date: Tue, 10 Apr 2012 23:52:11
> To: <lac-discuss-es at atlarge-lists.icann.org>; <
> lac-dicuss-en at atlarge-lists.icann.org>
> Subject: [lac-discuss-es] URGENTE - Carta al Congreso de Colombia
>
> Estimados,
> Envìo la siguiente carta que hemos escrito para sentar nuestra voz de
> protesta por la aprobación de la Ley 201 de 2012. La Ley acaba de ser
> aprobada por votación en el Congreso, los detalles los encuentran en la
> carta. Espero que ustedes la lean y si estàn de acuerdo sugiero que
> coloquen el nombre de su ALS al final para ser enviada al Congreso de
> colombia y difundida por medios de comunicación a nombre no solo de los
> usuarios de Colombia, que no fueron escuchados sino de toda la regiòn.
>
> Si alguno quiere ademàs leer el texto de la Ley, lo encuentra aquí:
> http://dl.dropbox.com/u/629628/LeyTLC/gaceta103InformeDebate.pdf
>
> Quedo en espera de sus firmas o apoyo a la misma, lo más pronto posible.
>
>
> Honorables Presidentes del Senado y la Cámara de Representantes de
> Colombia:
>
> Escribimos en nombre de los usuarios de Internet de la regiòn de
> Latinoamerica y el Caribe que tienen voz en la Corporaciòn de Internet para
> la Asignaciòn de Nombres y Números - ICANN en vista de que existiò un apuro
> inmenso con el fin de implementar las obligaciones del TLC. El proceso
> total no tardò màs de 20 dìas en su aprobación final desde la presentaciòn
> por parte del Presidente, todo con el fin de tener resultados què mostrar
> durante la Cumbre de las Amèricas que se desarrolla conjuntamente en
> Cartagena desde el pasado 10 de abril y donde està centrada toda la
> atención de los medios de comunicación.
>
> Al escribir estas líneas, el proyecto acaba de terminar su votación y ha
> sido aprobado por lo que espera su sanción presidencial, es decir que es un
> hecho que ya es una Ley. Nos preocupa de sobremanera que todo el proceso
> fue llevado a cabo de la manera más oculta y rápida posible y no tuvieron
> en cuenta a colectivos de la  Sociedad Civil en este trámite y sin siquiera
> debatirlo.
>
> Recuerden ustedes que los mismos usuarios colombianos se unieron para
> debatir con ustedes el fondo de dicha Ley en temas tan relevantes como las
> siguientes:
>
>   1. “Al implementar las Medidas Tecnológicas de Protección (MPT) como una
>   protección independiente del derecho de autor se puede violar normas
>   internas. La implementación debe hacerse de modo que la protección de las
>   MPT no sea independiente sino vinculada a la protección del derecho de
>   autor que se da en Colombia. El tema se ha discutido en foros como la
>   Australia,
>   http://www.ivir.nl/publications/guibault/Infosoc_report_2007.pdf y Chile
>   https://www.eff.org/files/filenode/FTAA/20040830_uschile_fta.pdf o
>   http://ictsd.org/i/publications/120934/. El problema central es que si
>   esto no se hace así se puede estar generando responsabilidad civil y
> penal
>   a los usuarios por usos en ejercicio de excepciones y limitaciones que sí
>   permite nuestra ley, es decir, que me pueden condenar a la cárcel por
>   eludir una MPT para hacer una copia privada a la que tengo derecho.
>   2. También podría violar derechos de usuarios si, como sucede en esta
>   versión, no se consagra el procedimiento administrativo que el propio TLC
>   contempla para ajustar cada 4 años esas excepciones. En el proyecto no se
>   desarrolla el procedimiento sino sólo una facutlad general para el
> gobierno
>   de proponer cambios. Nos preguntamos entonces, para qué el afán? Tampoco
> se
>   están cumpliendo con todas las obligaciones del TLC, falta esta.
>   3. El proyecto define lucro en forma muy amplia para incluir cualquier
>   provecho. Hay excepciones y limitaciones como la de copia privada, que
>   dependen de esa definición. Sin embargo el propio TLC cuando la usa habla
>   de ventaja comercial o ganancia financiera. Esa definación no es
> obligación
>   del TLC ni coincide con su texto y puede vulnerar intereses de los
> usuarios.
>   4. Si no se redacta correctamente el artículo que prohíbe la
>   retransmisión de señal de TV por Internet también puede comprometer los
>   intereses de los usuarios, porque como está evita que en forma
> generalizada
>   se apliquen excepciones y limitaciones a la retransmisión de señales de
> TV
>   por Internet. Ese no es el alcance de la obligación del TLC, va en contra
>   de nuestras normas nacionales y raya con la censura pues acaso prohibe
>   hasta la cita?
>   5. Existe una gran preocupación al delegar funciones judiciales, como lo
>   es la entrega de información personal, a una autoridad administrativa.
> Como
>   ya lo dijimos en el debate de la Ley Lleras, en el Estado Social de
> Derecho
>   son los jueces los únicos que tienen potestades de restringir derechos y
>   libertades fundamentales y por tanto los únicos que pueden entregar
>   información personal” (Extracto tomado de los comentarios jurídicos de
>   RedPaTodos)
>
>
> Lastimosamente no fueron los usuarios los únicos no escuchados en este
> no-debate,un grupo de profesores de la American University de Estados
> Unidos también se unieron a la preocupación de la comunidad concluyendo que
> efectivamente va más allá del TLC, que contiene disposiciones más fuertes
> que las de las normas internas americanas y que el resultado puede generar
> desventajas competitivas entre las partes en el acuerdo comercial. Los
> académicos apoyan la petición de la sociedad civil colombiana para debatir
> públicamente el texto de modo que consulte, en lo posible, los diversos
> intereses y se ajuste a las normas internas.
>
> Los profesores se sorprenden de que en los términos de estos artículos se
> penalice a individuos e infracciones aisladas incluso cuando actúen sin
> saberlo, indican que no hay aplicación del principio de proporcionalidad
> que existe en EE.UU de modo que sólo se penalizan actividades con una
> cierta dimensión comercial cuya medida mínima la da la ley (por ejemplo 10
> copias de valor mínimo de US 2500). Además , señalan que e proyecto debería
> incluir como mínimo la evaluación del test de los tres pasos como elemento
> para determinar si una acción es delito o no.
>
> Como si esto fuera poco, la EFF- Electronic Frontier Foundation, también se
> pronunció con un comunicado el pasado 9 de abril que lamó la atención sobre
> la implementación inadecuada que tendrá el TLC en nuestro país, resaltando
> cómo una legislación de derecho de autor balanceada es necesaria para el
> debido equilibrio de derechos fundamentales.
>
> La sociedad civil ha remitido las peticiones y comentarios a los
> congresistas para llamarlos a la reflexión y pedirles que indiquen su
> voluntad de voto, finalmente es una forma de control que tiene el ciudadano
> es la veeduría de los procesos y su capacidad de elegir a sus
> representantes. La estrategia no es nueva, la han usado los movimientos
> civiles a lo largo de los últimos meses incansablemente y parece estar
> dando vida a una forma de participación política directa que a los
> gobiernos les cuesta articular pero que vista como una forma de libertad de
> expresión y de derechos ciudadanos es algo que adquiere un valor
> impresionante para el sistema democrático. La presión ciudadana no se
> detendrá.
>
> Respetuosamente,
>
> ALS deLACRALO en  ICANN
>
>
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